SI MI HIJO DEJA DE ESTUDIAR O CUMPLIO LA MAYORIA DE EDAD DEJO DE PAGAR NOMAS LA PENSION?

 

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NOOOOOOOOO, jajajjaj,  Este es un tema muy importante. A ver, la PENSION DE ALIMENTOS se debe de por vida dice el Código Civil, y dice esto porque hay hijos que nacen con una condición especial que nos les permitiría nunca mantenerse por si mismos sin la asistencia de otras personas.  Entonces en esos casos la pensión es por siempre y para siempre.  Para todos los demás casos, la PENSION DE ALIMENTOS se pagara hasta que los hijos terminen de estudiar o hasta que cumplan los 28 años si siguen estudiando.  El limite de edad máxima 28 años.  

Pero los alimentos no CESAN solo por llegar la edad, porque el tribunal primero no esta detrás de todos los hijos que han cumplido los 28 y menos hace un seguimiento si siguen estudiando o no, y por lo tanto, el que debe pedirlo es el PADRE o MADRE que pague alimentos. 

Si su hijo dejo de estudiar usted pide el cese de alimentos, si su hijo cumplió los 28 usted pide el cese de alimentos, sin el cese usted debe seguir pagando siempre y seguira sumandose la pensión hasta que el tribunal decrete el cese de alimentos o un acta de mediacion con acuerdo establezca el cese.  Porque si, para pedir el cese también hay que citar a mediacion antes y si llegan a acuerdo en mediacion fantástico porque se presente en tribunales y siendo aprobada se declarara el cese.  Si el hijo no llega a la mediacion o llegando dice que no quiere aceptar en mediación el cese, hay que demandar en tribunales con el certificado de mediación frustrada que emita el tribunal. 

Espero te sirva. 

preguntas frecuentes de mis usuarios...

¿pero dejo de estudiar hace mucho tiempo y yo por que debo seguir pagando si el sabe que ya es independiente y hasta trabaja?

claro, pero el tribunal no se ha enterado para declarar el cese, por lo que si su hijo desea cobrar esas pensiones lo podrá hacer.

solución: llamarlo a mediación y pedirle que se declare el cese de los alimentos y ademas que te condone (perdone) la deuda que pueda haber desde que dejo de estudiar.  

Tener en cuenta que la mediación es voluntario por lo tanto no se le puede obligar a aceptar dejar en cero la deuda generada, por ultimo pactarla en. cuotas también se puede. 


¿pero yo le deposite siempre en su. cuenta cuando ya era mayor y ya no mas en la de la madre y ahora ella me esta cobrando?

citar al hijo a Mediacion para condonar deuda, y ahi demostrar lo que dice o en el misma causa Z subir todos los comprobantes de pago realizados al hijo y asesorarse con un abogado 

¿mi hij@ cumplió la mayoría de edad, no sigue estudiando y se puso a trabajar, pero ahora me llego la tremenda deuda de alimentos y estoy en el registro de deudores siendo que no debo nada?

hay que evaluar las posibilidades con un ABOGADO, para ver hace cuanto tiempo el hijo cumplió la mayoría de edad y cuanto ha pasado desde la ultima liquidación para evaluar solicitar LA PRESCRIPCION DEL COBRO DE LOS ALIMENTOS.  

Te quieres sumar con mas preguntas, yo feliz las respondo. 


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