¿HABLEMOS DE DIVORCIO?


        Tienes que saber que si quieres divorciarte debes sacar la cuenta desde que te separaste definitivamente.  Entonces si desde el cese efectivo de la convivencia ha pasado un año, podrás divorciarte DE MUTUO ACUERDO, de lo contrario tendrás que esperar tres años para DIVORCIARTE UNILATERALMENTE.  Ahora, si has sufrido Violencia Intrafamiliar o se ha incurrido en una causal del divorcio sanción puede solicitar EL DIVORCIO CULPA, que no exige tiempo de separación, solo encontrase en una de las hipótesis para solicitarlo.

                Se interpone la demanda de divorcio, si tenemos mandato judicial, el tribunal proveerá de inmediato la demanda y ordenara notificar al demandad@

                    Si no tenemos mandato dependerá el tribunal en donde se entable la demanda la forma de ratificar el patrocinio y poder (para que tu abogado te represente) y eso se hace de acuerdo lo instruya el tribunal: por ejemplo en algunos solicitan realizar video llamadas al secretario del tribunal para ratificar el patrocinio de tu abogado, y ahí debes mostrar el carne de identidad y decir que ratificas el patrocinio a tu abogada de nombre tanto, en causa RIT tanto.   En otros tribunales debes hacerlo por zoom; en otros meterte en un enlace en el poder judicial y hacer click en la viñeta patrocinios y ahí hay un link que redirecciona videollamada al secretario del tribunal.  

                        Bueno, una vez ratificado el patrocinio o con el mandato el tribunal ordena notificar al demandado y fija una fecha de audiencia preparatoria.  En esa audiencia preparatoria, que se realizan por zoom, por lo que el abogado debe enviarte el link para te que conectes, el juez al iniciar la audiencia, hace que todos se presenten, y parte por los demandantes y sus abogados y luego la parte demandada y su abogado.  Luego de eso el abogado del demandante expone brevemente tu demanda, el otro la contesta si hubiera y luego fijan el OBJETO DEL JUICIO, en este caso la procedencia del divorcio y si de dan los presupuestos legales depende el que se pide.  Luego pasamos al ofrecimiento de prueba, para ello uno sube un día antes la minuta con los documentos, fotos, videos, etc etc etc de lo que quiera hacerse prueba pero, no deben faltar los testigos (divorcio unilateral y culpa) porque el de mutuo acuerdo si todo se sube bien lo resuelven de inmediato sin audiencia.   Y ahí termina la primera audiencia preparatoria, y se fija la fecha y hora para la audiencia de juicio. 

                            En la audiencia de juicio, ya hay que mostrar toda la prueba ofrecida en la audiencia preparatoria, se entrevistan a los testigos, y rindiendo toda la prueba el juez dicta sentencia. 

                                Luego de la dictamino de la sentencia, pasado el plazo legal para la interposición de recursos, se pide la certificación de encontrarse firme o ejecutoria la sentencia; y con la sentencia y la certificación uno va al registro civil para la inscripción al margen de la partida de matrimonio el DIVORCIO. 




FIN 

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